La Constitución Boliviana como obra poética
Artículo 1 Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, autonómico y descentralizado, independiente, soberano, democrático e intercultural. Se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.
Los ciudadanos bolivianos se ven inmersos en un convulso proceso constituyente de impredecible conclusión. Por el momento se maneja un texto que, cuanto menos, brinda unas calidades literarias extraordinarias. Haría, sin lugar a dudas, las delicias de Góngora con su lenguaje alambicado lleno de sutilezas y giros audaces que, ciertamente, ofrecen un verdadero reto para el intelecto. Ahora bien, el prurito esteticista con los conceptos del culteranismo puede ser del gusto poético de algún aficionado al barroco, pero de cara a redactar una constitución puede, en mejor de los casos, generar una confusión paralizante. Una constitución útil, como sin duda desean los constituyentes bolivianos, necesita, ante todo, claridad, para evitar equívocos.
Así pues, a modo de ejemplo, el oxímoron es, desde luego, un recurso literario exquisito y estimulante que le puede ofrecer a una composición lírica una riqueza evocadora considerable, pero una constitución no es un género literario que deba sugerir al espíritu, ni gozar de una amplitud evocadora sino que debe establecer los parámetros precisos que rigen al Estado. Y es que los poetas no pueden ser buenos legisladores, de hecho pueden llegar a ser pésimos legisladores, porque la justicia poética se aleja bastante de la justicia política.
En definitiva, a la hora de llevar a cabo la redacción de un texto constituyente, se tiende en demasiadas ocasiones a confundirlo con una obra poética e incluso litúrgica. Tampoco se debe caer en el error de convertirlo en una descripción de la sociedad a la que responde o una plasmación de los anhelos políticos -o de cualquier índole-, por muy loables, nobles o representativos que sean. En todos estos vicios - y en alguno más que si hay espacio me detendré- han caído los constituyentes bolivianos. Demasiados compromisos, que diría un profesor mío, por parte de los redactores.
Una constitución es algo mucho más prosaico, humilde y limitado. No es más que la norma básica que constituye al Estado y le dota de unos principios de funcionamiento. Cuanto más sencillo y claro mejor, no cabe duda, lo cual no quita que deba atinar en unos principios básicos, pero que permitan un mínimo de flexibilidad a la hora de desarrollar políticas. No se debe pretender, por consiguiente, que resulte una panacea que corrija todos los desbarajustes de una sociedad de un plumazo. Vicio muy habitual en la idealización liberal que ha imperado tradicionalmente en la América Hispana. Debe ser la base, ni más ni menos, para construir un Estado que pueda trabajar en tantos objetivos necesarios, pero siempre el quid de la cuestión está en desarrollar, ahora bien, entre pitos y flautas, todo apunta que los bolivianos van a tener que ser testigos de una nueva legislatura desperdiciada, cuando, realmente, una constitución no debe mucho más que establecer un Estado social de derecho, para lo cual, no nos vayamos a engañar, no se requiere demasiada originalidad, se podría elaborar una constitución modelo para todos los países.
Otro día continuaremos dándole vueltas a eso de "plurinacional", "pluricultural" y demás hermosos conceptos.
